Al momento de aplicar las normas existen diferenciales de poder que facilitan la elección por procesos abreviados en favor a empresas instaladas en el medio o actores relacionados -por clientela, deuda, favor político o familiar- a la MAE. Esto provoca que en tanto el control social sea laxo, la información sea más difícil de analizar global y específicamente, y los intereses sectarios prevalezcan sobre los sociales, o aun los técnicos, la aplicación estará comprometida. Si bien existen casos y ámbitos en que las MAE se orientan hacia el uso de las normas disponibles con la intención de fomentar el crecimiento local-regional, estos pueden ser relacionados con una mayor participación de la población en sus procesos deliberativos y la consecuente responsabilidad efectiva de la MAE. Esta situación es menos habitual en los municipios que concentran más población, por lo cual las compras directas, menores o con aplicación de la ley 622 pueden estar -y han estado- vejados por conductas contrarias al interés público o local. Si algún beneficio trae consigo la pandemia es la criticidad aumentada a los procesos de contratación del Estado, y la mayor alfabetización digital que probablemente fomentara el control social en estos procesos.